{"id":954,"date":"2017-04-12T09:22:56","date_gmt":"2017-04-12T15:22:56","guid":{"rendered":"http:\/\/www.irapuato.gob.mx\/transparencia\/?p=954"},"modified":"2017-06-05T13:01:29","modified_gmt":"2017-06-05T19:01:29","slug":"reglamento-organico-de-la-administracion-publica-municipal-de-irapuato","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.irapuato.gob.mx\/transparencia\/2017\/04\/12\/reglamento-organico-de-la-administracion-publica-municipal-de-irapuato\/","title":{"rendered":"Reglamento Organico de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Municipal de Irapuato"},"content":{"rendered":"<p><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" class=\"aligncenter size-full wp-image-100\" src=\"https:\/\/www.irapuato.gob.mx\/transparencia\/wp-content\/uploads\/2015\/11\/blank1.png\" alt=\"\" width=\"467\" height=\"147\" srcset=\"https:\/\/www.irapuato.gob.mx\/transparencia\/wp-content\/uploads\/2015\/11\/blank1.png 467w, https:\/\/www.irapuato.gob.mx\/transparencia\/wp-content\/uploads\/2015\/11\/blank1-300x94.png 300w\" sizes=\"(max-width: 467px) 100vw, 467px\" \/><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><a href=\"https:\/\/www.irapuato.gob.mx\/transparencia\/files\/proy_reg\/001reg_org_ira.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">Descarga aqu\u00ed&#8230;<img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" class=\"aligncenter\" src=\"https:\/\/www.irapuato.gob.mx\/transparencia\/wp-content\/uploads\/2016\/09\/pdf-icon.png\" width=\"50\" height=\"50\" \/><\/a><\/p>\n<p><strong>EL CIUDADANO ARQ. JOS\u00c9 RICARDO ORTIZ GUTI\u00c9RREZ, PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE IRAPUATO, GUANAJUATO, A LOS HABITANTES DEL MISMO, HAGO SABER: <\/strong><\/p>\n<p><strong>QUE EL AYUNTAMIENTO QUE PRESIDO, CON FUNDAMENTO EN LOS ART\u00cdCULOS 115 FRACCI\u00d3N II DE LA CONSTITUCI\u00d3N POL\u00cdTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 106 Y 117 FRACCI\u00d3N I DE LA CONSTITUCI\u00d3N POL\u00cdTICA PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO; 2, 76 FRACCI\u00d3N I INCISO B), 236 Y 240 DE LA LEY ORG\u00c1NICA MUNICIPAL PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO; EN SESI\u00d3N DE AYUNTAMIENTO N\u00daMERO 15, ORDINARIA, DE FECHA 15 DE ABRIL DEL 2016, SE APROB\u00d3 EL REGLAMENTO ORG\u00c1NICO DE LA ADMINISTRACIO\u0301N PU\u0301BLICA MUNICIPAL DE IRAPUATO, GUANAJUATO, DE CONFORMIDAD CON LA SIGUIENTE:<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>EXPOSICIO\u0301N DE MOTIVOS<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Podemos afirmar que de todos los \u00f3rdenes de gobierno en nuestro pa\u00eds, el m\u00e1s cercano a la ciudadan\u00eda es el gobierno municipal, pues desde ah\u00ed se orientan pol\u00edticas p\u00fablicas y acciones que impactan y trascienden de forma directa en la vida diaria de sus gobernados. Es este orden de gobierno en el que se pueden palpar de primera mano las aspiraciones y las necesidades de la sociedad. Es donde los ciudadanos acuden a proponer soluciones y compartir su visi\u00f3n para erigir un futuro de desarrollo y bienestar.<\/p>\n<p>Ah\u00ed reside la importancia del municipio en la vida del ciudadano. Por esa raz\u00f3n, su gobierno debe ser din\u00e1mico y debe contar con una estructura org\u00e1nica actualizada que le permita generar pol\u00edticas p\u00fablicas para atender las necesidades y demandas de sus habitantes.<\/p>\n<p>Ninguna estructura organizacional es mejor que otra dentro en la teor\u00eda de la organizaci\u00f3n. Por lo tanto, no existen f\u00f3rmulas exactas para alanzar el \u00e9xito de una administraci\u00f3n p\u00fablica municipal. Para ello, es necesaria la eficiencia en el desempe\u00f1o de sus propias funciones, atendiendo a su contexto y al logro de objetivos a trav\u00e9s de una adecuada planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Como el Presidente Municipal Jos\u00e9 Ricardo Ortiz Guti\u00e9rrez lo ha manifestado en el arranque de esta nueva Administraci\u00f3n P\u00fablica Municipal, su visi\u00f3n de gobierno municipal parte de un principio fundamental: el orden p\u00fablico. A \u00e9ste, lo concebimos teniendo como premisa un conjunto de principios e instituciones fundamentales que permiten que la autoridad ejerza sus atribuciones propias y que los ciudadanos ejerzan de manera pac\u00edfica sus derechos y libertades. Para ello, las atribuciones de los funcionarios que son parte de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Municipal deben surgir dentro del marco de la legalidad para que con su actuaci\u00f3n no lesionen los derechos y libertades de los gobernados.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, este reglamento no solamente surge atendiendo a las necesidades recogidas de los ciudadanos, sino tambi\u00e9n, considerando las propuestas y observaciones que las propias \u00e1reas al interior de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Municipal han formulado en distintas mesas de trabajo con relaci\u00f3n a las labores que desempe\u00f1an y los servicios que prestan a los usuarios.<\/p>\n<p>El presente reglamento establece una reingenier\u00eda organizacional con el objetivo de mejorar procesos al interior y optimizar el recurso humano con el que cuenta el \u00f3rgano administrativo del gobierno municipal. Especial tratamiento se le dio a la Secretar\u00eda de Seguridad Ciudadana Municipal, reestructurando la anterior Direcci\u00f3n General de Seguridad P\u00fablica, atendiendo as\u00ed los m\u00e1s sentidos reclamos ciudadanos, para eficientar sus acciones, ello de acuerdo al crecimiento y nuevos factores de riesgo que conlleva la seguridad. Con este objetivo, se parti\u00f3 de varias fuentes que determinan los objetivos generales y espec\u00edficos del municipio de Irapuato como organizaci\u00f3n, considerando los tres ejes estrat\u00e9gicos de la visi\u00f3n de gobierno de esta Administraci\u00f3n P\u00fablica Municipal: habitabilidad, seguridad y movilidad.<\/p>\n<p>En la primera etapa se analiz\u00f3 la estructura organizacional actual de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Municipal, con el objetivo de recabar los elementos necesarios para generar un diagn\u00f3stico concreto que sirviera de base para la propuesta final; analizando, reglamentos y leyes vigentes aplicables, cat\u00e1logo de tr\u00e1mites y servicios adem\u00e1s de la estructura org\u00e1nica, de los puestos con atribuciones legales.<\/p>\n<p>El resultado de esta primera etapa fue la detecci\u00f3n de dependencias municipales que cumplen funciones claras de acuerdo a la competencia constitucional y legal que le corresponde al Municipio como orden de gobierno, pero tambi\u00e9n la localizaci\u00f3n de necesidades en la organizaci\u00f3n, as\u00ed como duplicidad de funciones y dependencias con facultades no sustantivas de un gobierno municipal.<\/p>\n<p>La segunda etapa consisti\u00f3 en el an\u00e1lisis de las mejores pr\u00e1cticas en gobiernos municipales nacionales. Se buscaron gobiernos municipales exitosos y a partir de ah\u00ed se analiz\u00f3 la funcionalidad de su estructura org\u00e1nica, as\u00ed como la aportaci\u00f3n de figuras organizacionales y conceptualizaciones de vanguardia. De acuerdo a las pr\u00e1cticas exitosas de las varias administraciones p\u00fablicas municipales analizadas, podemos concluir que la forma de la misma depende de sus fines y su contexto cultural, ya que resulta fundamental la adaptaci\u00f3n al contexto cultural y hacer \u00e9nfasis en las necesidades espec\u00edficas de cada poblaci\u00f3n, por ello podemos aseverar que no existe un modelo \u00fanico infalible de estructura org\u00e1nica municipal.<\/p>\n<p>Con estos insumos y basados a su vez en la Ley Org\u00e1nica Municipal para el Estado de Guanajuato<em>, <\/em> se construy\u00f3 una estructura general que equilibra la jerarqu\u00eda de mando con la funcionalidad y especializaci\u00f3n, bajo un modelo de organizaci\u00f3n que recupera las principales ventajas del esquema funcional tradicional de la empresa, favoreciendo el control, la comunicaci\u00f3n y el flujo de informaci\u00f3n que favorece la toma de decisiones.<\/p>\n<p>La especializaci\u00f3n de las \u00e1reas sin los adecuados mecanismos de coordinaci\u00f3n puede provocar una disminuci\u00f3n en la eficiencia y el control. Por ello, en el presente proyecto se plantea una estructura compacta atendiendo a las funciones y servicios que brindan las dependencias considerando su nivel de especializaci\u00f3n para favorecer la coordinaci\u00f3n entre \u00e9stas.<\/p>\n<p>A partir de lo anterior, se construy\u00f3 el organigrama de cada dependencia respetando al ordenamiento jur\u00eddico presente, buscando acercar a Irapuato a las pr\u00e1cticas m\u00e1s vanguardistas, respetando a su vez la especializaci\u00f3n y diversificaci\u00f3n que propicia una eficaz identificaci\u00f3n del ciudadano respecto a los bienes y servicios que demanda.<\/p>\n<p>Considerando el organigrama descrito, el contenido y dise\u00f1o estructural del reglamento, se elabor\u00f3 atendiendo a las normas generales sobre producci\u00f3n jur\u00eddica y procedimiento para expedici\u00f3n de reglamentos, respetando los l\u00edmites a la facultad reglamentaria que impone nuestro sistema jur\u00eddico.<\/p>\n<p>Por lo tanto, con el presente ordenamiento se abroga el Reglamento Org\u00e1nico de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Municipal de Irapuato, Guanajuato publicado en fecha 18 de enero de 2011, para dar paso a este nuevo instrumento legal que persigue adecuar y perfeccionar las normas que regulen un mejor funcionamiento de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Municipal en beneficio de la comunidad irapuatense.<\/p>\n<p><strong>REGLAMENTO ORG\u00c1NICO DE LA ADMINISTRACIO\u0301N PU\u0301BLICA MUNICIPAL DE IRAPUATO, GUANAJUATO<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0TI\u0301TULO PRIMERO<br \/>\nDE LA ADMINISTRACIO\u0301N PU\u0301BLICA MUNICIPAL<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAPI\u0301TULO U\u0301NICO<\/strong><\/p>\n<p><strong>DISPOSICIONES GENERALES.<\/strong><\/p>\n<p><strong><em>Objeto<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 1.<\/strong> El presente reglamento es de orden p\u00fablico y de inter\u00e9s social y tiene por objeto regular la organizaci\u00f3n y funcionamiento de la Administraci\u00f3n P\u00fablica del municipio de Irapuato, Guanajuato.<\/p>\n<p><strong><em>\u00a0<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong><em>Integraci\u00f3n de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Municipal<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 2.<\/strong> Para el estudio y despacho de los diversos ramos de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Municipal, \u00e9sta se divide en centralizada y paramunicipal.<\/p>\n<p>El despacho de la presidencia municipal, las dependencias municipales subordinadas directamente al Ayuntamiento y los \u00f3rganos desconcentrados dependientes jer\u00e1rquicamente de las dependencias, integran la Administraci\u00f3n P\u00fablica Centralizada.<\/p>\n<p>Los organismos descentralizados, empresas de participaci\u00f3n municipal, fideicomisos p\u00fablicos municipales, comisiones, patronatos y comit\u00e9s integran la Administraci\u00f3n P\u00fablica Paramunicipal. Las entidades estar\u00e1n reguladas conforme al reglamento o acuerdo de Ayuntamiento que para tal efecto se expida, en el que se regule su creaci\u00f3n, estructura y funcionamiento.<\/p>\n<p>Las entidades gozar\u00e1n de autonom\u00eda de gesti\u00f3n para el cabal cumplimiento de su objeto, as\u00ed como de las metas y objetivos se\u00f1alados en sus programas.<\/p>\n<p><strong><em>\u00a0<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong><em>Glosario<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 3.<\/strong> Para los efectos del presente reglamento se entiende por:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>Ayuntamiento:<\/strong> El Ayuntamiento del municipio de Irapuato, Guanajuato;<\/li>\n<li><strong>Coordinadora de Sector:<\/strong> La dependencia de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Municipal que regula un conjunto de entidades paramunicipales;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li><strong>C\u00f3digo Territorial:<\/strong> El C\u00f3digo Territorial para el Estado y los Municipios de Guanajuato;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li><strong>Coplademi:<\/strong> Consejo de Planeaci\u00f3n del Desarrollo Municipal de Irapuato;<\/li>\n<li><strong>Dependencia:<\/strong> Unidades administrativas municipales subordinadas directamente al Ayuntamiento;<\/li>\n<li><strong>Entidad: <\/strong>Los organismos descentralizados, empresas de participaci\u00f3n municipal, fideicomisos p\u00fablicos municipales, comisiones, patronatos y comit\u00e9s, creados por el Ayuntamiento bajo la naturaleza jur\u00eddica de un ente paramunicipal;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li><strong>Implan: <\/strong>El Instituto Municipal de Planeaci\u00f3n de Irapuato, Guanajuato;<\/li>\n<li><strong>Ley Org\u00e1nica Municipal:<\/strong> La Ley Org\u00e1nica Municipal para el Estado de Guanajuato;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li><strong>Municipio:<\/strong> El municipio de Irapuato, Guanajuato;<\/li>\n<li><strong>Presidente Municipal:<\/strong> El Presidente Municipal de Irapuato, Guanajuato;<\/li>\n<li><strong>Proyectos Especiales:<\/strong> Conjunto de acciones que constituyen programas operativos anuales prioritarios, establecidos con tal car\u00e1cter por el Ayuntamiento en raz\u00f3n del impacto social y econ\u00f3mico que representan para el bienestar de la ciudadan\u00eda;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li><strong>Sectorizaci\u00f3n:<\/strong> El acto administrativo a trav\u00e9s del cual el Ayuntamiento agrupa a las entidades bajo la coordinaci\u00f3n de una dependencia de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Municipal, considerando su objeto y atribuciones; y,<\/li>\n<li><strong>Sector<\/strong>: El grupo de entidades de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Municipal, coordinadas por la dependencia que en cada caso designe el Ayuntamiento, considerando a sus objetos, atribuciones y metas comunes.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong><em>Gobierno y Administraci\u00f3n del Municipio<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0Art\u00edculo 4.<\/strong> Corresponde al Ayuntamiento gobernar y administrar al Municipio, quien tendr\u00e1 las atribuciones y obligaciones que establecen la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos, la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica para el Estado de Guanajuato, la Ley Org\u00e1nica Municipal, el presente reglamento y las dem\u00e1s disposiciones jur\u00eddicas aplicables.<\/p>\n<p>El Ayuntamiento o el Presidente Municipal, podr\u00e1n constituir comisiones en las que intervengan varias dependencias o entidades, que tengan por objeto la atenci\u00f3n y el estudio de los asuntos relacionados con su objeto en los diversos ramos de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Municipal. \u00c9stas comisiones podr\u00e1n ser transitorias o permanentes y ser\u00e1n presididas por quien determine su creaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong><em>\u00a0Coordinaci\u00f3n Sectorial<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0Art\u00edculo 5.<\/strong> El Ayuntamiento podr\u00e1 agrupar a las entidades en sectores definidos, que ser\u00e1n coordinados por la dependencia que en cada caso se designe para tal efecto, considerando para ello el objeto o fin de cada entidad, en relaci\u00f3n con la competencia que \u00e9ste reglamento u otras disposiciones normativas atribuyan a las dependencias de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Municipal.<\/p>\n<p><strong><em>Dependencias Coordinadoras de Sector<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0Art\u00edculo 6. <\/strong>Corresponde al Ayuntamiento establecer las pol\u00edticas de desarrollo para la dependencia coordinadora y entidades del Sector que corresponda. A los titulares de las dependencias coordinadoras de Sector les corresponde organizar la programaci\u00f3n y presupuestaci\u00f3n de conformidad, en su caso, con las asignaciones de gasto y financiamiento previamente establecidas y autorizadas; as\u00ed como conocer la operaci\u00f3n y evaluar los resultados de las entidades agrupadas en su sector.<\/p>\n<p><strong><em>\u00a0Colaboraci\u00f3n de la Entidades Sectorizadas<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0Art\u00edculo 7. <\/strong>Las entidades deber\u00e1n colaborar con las dem\u00e1s entidades del sector y dependencias que las coordinan, proporcionando la informaci\u00f3n y datos que les soliciten, de conformidad con las pol\u00edticas que establezca su \u00f3rgano de gobierno y la dependencia coordinadora de Sector.<\/p>\n<p><strong><em>Programaci\u00f3n de la Administraci\u00f3n P\u00fablica<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0Art\u00edculo 8.<\/strong> Las dependencias y entidades conducir\u00e1n sus actividades en forma programada, con base en las pol\u00edticas que el Ayuntamiento determine para el logro de los objetivos y prioridades del Plan Municipal de Desarrollo, el Programa de Desarrollo Urbano y de Ordenamiento Ecol\u00f3gico Territorial, el Programa de Gobierno Municipal y los que deriven de ellos.<\/p>\n<p><strong><em>\u00a0Coordinaci\u00f3n y Congruencia de los Programas Operativos<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0Art\u00edculo 9. <\/strong>La Tesorer\u00eda Municipal y la Contralor\u00eda Municipal, as\u00ed como las \u00e1reas de planeaci\u00f3n, deber\u00e1n coordinar que haya congruencia entre los programas operativos anuales de las dependencias y entidades de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Municipal con el Programa de Gobierno y con los lineamientos generales en materia de gasto, financiamiento, control y evaluaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong><em>\u00a0Resoluci\u00f3n de Conflictos de Competencia<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0Art\u00edculo 10.<\/strong> Los conflictos de competencia entre dos o m\u00e1s unidades administrativas pertenecientes a la misma dependencia o entidad paramunicipal ser\u00e1n resueltos por el titular de la dependencia o por el director general o su equivalente en el caso de las entidades paramunicipales.<\/p>\n<p>Si para la ejecuci\u00f3n de un programa o atenci\u00f3n de un asunto existiera duda respecto a la injerencia o competencia de dos o m\u00e1s dependencias de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Municipal, \u00e9stas deber\u00e1n coordinar sus actividades entre s\u00ed y ser\u00e1 el Presidente Municipal quien determine cu\u00e1l de ellas lo conduzca.<\/p>\n<p><strong><em>\u00a0Suplencias<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0Art\u00edculo 11.<\/strong> Las ausencias del Presidente Municipal ser\u00e1n suplidas en los t\u00e9rminos que establece la Ley Org\u00e1nica Municipal.<\/p>\n<p>Las faltas por licencia de m\u00e1s de dos meses de los titulares de las dependencias y entidades de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Municipal, ser\u00e1n cubiertas por quien designe el Ayuntamiento. Las faltas por licencia de menos de dos meses, ser\u00e1n cubiertas por quien designe el Presidente Municipal.<\/p>\n<p><strong>TI\u0301TULO SEGUNDO<\/strong><\/p>\n<p><strong>DEL PRESIDENTE MUNICIPAL<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAPI\u0301TULO PRIMERO<\/strong><\/p>\n<p><strong>DISPOSICIONES GENERALES<\/strong><\/p>\n<p><strong><em>\u00a0Coordinaci\u00f3n de la Administraci\u00f3n P\u00fablica<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0Art\u00edculo 12.<\/strong> Corresponde al Presidente Municipal ejecutar las determinaciones del Ayuntamiento y coordinar la Administraci\u00f3n P\u00fablica Municipal, en los t\u00e9rminos de la Ley Org\u00e1nica Municipal, el presente reglamento y las dem\u00e1s disposiciones jur\u00eddicas aplicables.<\/p>\n<p>Para el ejercicio de las funciones que le competen, el Presidente Municipal se auxiliara\u0301 de las dependencias y entidades que establezca el Ayuntamiento, de conformidad con la Ley Org\u00e1nica Municipal, este reglamento y las dem\u00e1s disposiciones jur\u00eddicas aplicables.<\/p>\n<p><strong><em>Reuniones de Gabinete<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0Art\u00edculo 13.<\/strong> El Presidente Municipal podr\u00e1 convocar, directamente o a trav\u00e9s del Secretario del Ayuntamiento, a reuniones de gabinete con los titulares de las dependencias, entidades y funcionarios de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Municipal que \u00e9ste acuerde.<\/p>\n<p>Las reuniones de gabinete tendr\u00e1n como objeto la definici\u00f3n o evaluaci\u00f3n de la pol\u00edtica del gobierno municipal en asuntos prioritarios de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Municipal o la atenci\u00f3n de asuntos que sean de la competencia concurrente de varias dependencias o entidades de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Municipal.<\/p>\n<p>Las reuniones de gabinete ser\u00e1n presididas por el Presidente Municipal o, si \u00e9ste as\u00ed lo determina, por el Secretario del Ayuntamiento.<\/p>\n<p><strong><em>Suscripci\u00f3n de Convenios<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0Art\u00edculo 14.<\/strong> El Presidente Municipal, con autorizaci\u00f3n del Ayuntamiento, podr\u00e1 convenir con los particulares, los gobiernos federal, estatal y municipal, la prestaci\u00f3n de servicios p\u00fablicos, la ejecuci\u00f3n de obras o la realizaci\u00f3n de acuerdos, programas y acciones que tengan como objetivo el desarrollo integral del Municipio y de sus habitantes.<\/p>\n<p>El Presidente Municipal decidir\u00e1 cuales dependencias y entidades deber\u00e1n coordinar sus acciones para el cumplimiento de cualquiera de los fines se\u00f1alados en el p\u00e1rrafo anterior.<\/p>\n<p><strong><em>\u00a0Validez de las Disposiciones Administrativas de Car\u00e1cter General<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0Art\u00edculo 15.<\/strong> Los bandos de polic\u00eda y buen gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general expedidos por el Ayuntamiento deber\u00e1n, para su validez y observancia, estar firmados por el Presidente Municipal y por el Secretario del Ayuntamiento y publicados en el Peri\u00f3dico Oficial de Gobierno del Estado de Guanajuato.<\/p>\n<p><strong><em>Atribuciones <\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0Art\u00edculo 16. <\/strong>Son atribuciones del Presidente Municipal, adem\u00e1s de las consignadas en la Ley Org\u00e1nica Municipal y dem\u00e1s disposiciones jur\u00eddicas aplicables, las siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li>Nombrar y remover del cargo al titular de la Secretar\u00eda Particular;<\/li>\n<li>Inspeccionar las dependencias y entidades de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Municipal para cerciorarse de su funcionamiento, disponiendo lo necesario para mejorar su servicio;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Atender y resolver las peticiones de los particulares, pudiendo delegar esta atribuci\u00f3n a los titulares de las dependencias y entidades de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Municipal, seg\u00fan la naturaleza del asunto;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Calificar y sancionar administrativamente a quienes infrinjan las disposiciones contenidas en la Ley Org\u00e1nica Municipal, reglamentos, Bando de Polic\u00eda y Buen Gobierno, as\u00ed como en otras disposiciones administrativas de observancia general; pudiendo delegar esta atribuci\u00f3n a los titulares de las dependencias y entidades de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Municipal;<\/li>\n<li>Informar al Ayuntamiento sobre el avance y cumplimiento de la ejecuci\u00f3n de los acuerdos y determinaciones aprobados;<\/li>\n<li>Solicitar por conducto del Ejecutivo del Estado de Guanajuato, el auxilio de las Fuerzas de Seguridad P\u00fablica del Estado o de la Federaci\u00f3n, en aquellos casos en que \u00e9ste lo juzgue pertinente por causa de fuerza mayor o alteraci\u00f3n grave del orden p\u00fablico, informando de ello a la brevedad posible al Ayuntamiento;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Presentar al Congreso del Estado las iniciativas de ley que hayan sido aprobadas por el Ayuntamiento;<\/li>\n<li>Suscribir a nombre y con autorizaci\u00f3n del Ayuntamiento los convenios con los gobiernos federal, estatal o municipal, coadyuvando en su ejecuci\u00f3n y cumplimiento en la esfera de su competencia;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Suscribir a nombre y con autorizaci\u00f3n del Ayuntamiento, los convenios, contratos y actos jur\u00eddicos que sean necesarios, pudiendo delegar esta atribuci\u00f3n en los titulares de las dependencias cuando as\u00ed lo estime conveniente, excepto cuando por disposici\u00f3n de ley dicha atribuci\u00f3n deba ser ejercida de manera directa;<\/li>\n<li>Ordenar la integraci\u00f3n pronta y expedita de la informaci\u00f3n que requiera el Ayuntamiento o alguno de sus integrantes, para el ejercicio de sus facultades y atribuciones;<\/li>\n<li>Ordenar la pr\u00e1ctica de auditor\u00edas internas o externas a las dependencias y entidades de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Municipal, en aquellos casos que considere conveniente; y,<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Las dem\u00e1s se\u00f1aladas en las disposiciones legales y reglamentarias aplicables.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>CAPI\u0301TULO SEGUNDO<\/strong><\/p>\n<p><strong>DEL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA MUNICIPAL<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong><em>Integraci\u00f3n<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 17.<\/strong> El Presidente Municipal cuenta con el apoyo directo de la Secretar\u00eda Particular y de las unidades administrativas que sean necesarias para el ejercicio de sus funciones.<\/p>\n<p><strong><em>De la Secretar\u00eda Particular<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 18. <\/strong>La Secretar\u00eda Particular es la encargada de auxiliar directamente al Presidente Municipal en la agenda, comunicaci\u00f3n social, relaciones p\u00fablicas, imagen institucional, atenci\u00f3n ciudadana y en la log\u00edstica de sus funciones. Para la consecuci\u00f3n de sus fines y el ejercicio de sus atribuciones, la Secretar\u00eda Particular puede contar con las unidades administrativas de apoyo t\u00e9cnico y estructura que el Presidente Municipal determine, de acuerdo con el presupuesto asignado a dicho Despacho.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong><em>Atribuciones <\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 19. <\/strong>El Secretario Particular del Presidente Municipal tiene, adem\u00e1s de las facultades y obligaciones en com\u00fan de los titulares de las dependencias, las siguientes:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Apoyar al Presidente Municipal en la elaboraci\u00f3n, organizaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de su agenda;<\/li>\n<li>Atender las audiencias que le sean encomendadas por el Presidente Municipal;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Fungir como v\u00ednculo entre los medios de comunicaci\u00f3n y el Presidente Municipal;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Recibir, atender la correspondencia oficial y turnar los asuntos, previo acuerdo, con el Presidente Municipal;<\/li>\n<li>Supervisar el seguimiento a los asuntos que sean turnados a las dependencias, entidades o unidades administrativas competentes;<\/li>\n<li>Apoyar en la organizaci\u00f3n de las reuniones de gabinete;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Coordinar y supervisar los programas de atenci\u00f3n ciudadana, as\u00ed como la recepci\u00f3n, sistematizaci\u00f3n, turno y contestaci\u00f3n de las peticiones de los ciudadanos;<\/li>\n<li>Designar con acuerdo del Presidente Municipal, al funcionario p\u00fablico que represente al Ayuntamiento en los actos oficiales donde \u00e9ste delegue tal representaci\u00f3n;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Gestionar apoyos econ\u00f3micos en beneficio de la poblaci\u00f3n vulnerable y en su caso, canalizar las peticiones a otras instancias de gobierno estatal, federal, instituciones o asociaciones correspondientes;<\/li>\n<li>Administrar y rendir cuenta a la Tesorer\u00eda Municipal de los recursos asignados para obras menores de beneficio social, donaciones y ayudas;<\/li>\n<li>Planear y coordinar la asistencia t\u00e9cnica y log\u00edstica de las giras y eventos oficiales del Presidente Municipal;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Coordinar las relaciones publicas internas y externas del Presidente Municipal;<\/li>\n<li>Coordinar la difusi\u00f3n de las obras, programas, proyectos y acciones de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Municipal;<\/li>\n<li>Coordinar la imagen institucional de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Municipal ante la ciudadan\u00eda y los medios de comunicaci\u00f3n, as\u00ed como las campa\u00f1as publicitarias institucionales del Municipio;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Administrar el contenido del portal de intranet e internet de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Municipal;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Dar seguimiento al proceso de atenci\u00f3n de las peticiones y sugerencias, asegurando la emisi\u00f3n oportuna de la respuesta que corresponda, dentro de los plazos establecidos por la Ley Org\u00e1nica Municipal;<\/li>\n<li>Implementar, coordinar y ejecutar los eventos institucionales para los empleados municipales; y,<\/li>\n<li>Las dem\u00e1s que le sean encomendadas por el presente reglamento, el Presidente Municipal u otras disposiciones jur\u00eddicas aplicables.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>TI\u0301TULO TERCERO<\/strong><\/p>\n<p><strong>DE LA ADMINISTRACIO\u0301N PU\u0301BLICA MUNICIPAL CENTRALIZADA<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAPI\u0301TULO PRIMERO<\/strong><\/p>\n<p><strong>DISPOSICIONES PRELIMINARES<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Secci\u00f3n \u00danica<\/strong><\/p>\n<p><strong>De la Estructura Org\u00e1nica<\/strong><\/p>\n<p><strong><em>\u00a0<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong><em>Programaci\u00f3n de las Dependencias<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 20. <\/strong>Para el cumplimiento de los objetivos y metas del plan estatal y municipal de desarrollo, las dependencias de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Municipal centralizada deben conducir sus actividades de forma programada y con base en las pol\u00edticas y prioridades que establezca el Ayuntamiento.<\/p>\n<p><strong><em>\u00a0<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong><em>Dependencias del Municipio<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 21.<\/strong> Para el despacho de los asuntos del orden administrativo, la Administraci\u00f3n P\u00fablica Municipal Centralizada cuenta con las siguientes dependencias:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>La Secretar\u00eda del Ayuntamiento;<\/li>\n<li>La Secretar\u00eda de Seguridad Ciudadana Municipal;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>La Tesorer\u00eda Municipal;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>La Contralor\u00eda Municipal;<\/li>\n<li>La Direcci\u00f3n General de Programaci\u00f3n y Desarrollo Gubernamental;<\/li>\n<li>La Direcci\u00f3n General de Desarrollo Territorial;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>La Direcci\u00f3n General de Obras P\u00fablicas;<\/li>\n<li>La Direcci\u00f3n General de Desarrollo Econ\u00f3mico;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>La Direcci\u00f3n General de Desarrollo Social y Humano;<\/li>\n<li>La Direcci\u00f3n General de Educaci\u00f3n; y,<\/li>\n<li>La Direcci\u00f3n General de Servicios P\u00fablicos.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong><em>\u00a0<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong><em>Coordinaci\u00f3n entre Dependencias y Entidades<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 22.<\/strong> Las dependencias y entidades de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Municipal deber\u00e1n ejercer sus funciones de manera coordinada y proporcionarse la informaci\u00f3n que requieran para el cumplimiento de su objeto.<\/p>\n<p><strong><em>\u00a0<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong><em>Dependencias Coordinadoras de Sector<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 23. <\/strong>Las dependencias de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Municipal Centralizada ejercer\u00e1n las funciones de coordinadoras de sector de las entidades que por acuerdo del Ayuntamiento y de conformidad a la naturaleza de sus funciones les correspondan.<\/p>\n<p>Las entidades de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Municipal deber\u00e1n coordinarse con la dependencia coordinadora del sector al que pertenezcan, proporcion\u00e1ndole toda la informaci\u00f3n que para el cumplimiento de sus funciones de coordinaci\u00f3n requiera.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>CAPI\u0301TULO SEGUNDO<\/strong><\/p>\n<p><strong>DE LAS FACULTADES, OBLIGACIONES Y ORGANIZACIO\u0301N DE LAS DEPENDENCIAS<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Secci\u00f3n Primera<\/strong><\/p>\n<p><strong>De los Titulares de las Dependencias<\/strong><\/p>\n<p><strong><em>\u00a0<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong><em>Titulares de las Dependencias<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 24. <\/strong>Como titular de cada dependencia habr\u00e1 un Secretario, Tesorero, Contralor o un Director General, seg\u00fan corresponda, quien para el despacho de los asuntos de su competencia, se auxiliar\u00e1 por el personal administrativo que requiera y permita el presupuesto autorizado por el Ayuntamiento.<\/p>\n<p><strong><em>\u00a0<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong><em>Nombramiento de los Titulares de las Dependencias<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 25. <\/strong>Los titulares de las dependencias ser\u00e1n nombrados por el Ayuntamiento a propuesta del Presidente Municipal en los t\u00e9rminos de la Ley Org\u00e1nica Municipal.<\/p>\n<p><em>\u00a0<\/em><\/p>\n<p><em>\u00a0<\/em><\/p>\n<p><em>\u00a0<\/em><\/p>\n<p><em>\u00a0<\/em><\/p>\n<p><em>\u00a0<\/em><\/p>\n<p><em>\u00a0<\/em><\/p>\n<p><strong>Secci\u00f3n Segunda<\/strong><\/p>\n<p><strong>De las Facultades y Obligaciones en Com\u00fan<\/strong><\/p>\n<p><strong>de los Titulares de las Dependencias<\/strong><\/p>\n<p><strong><em>\u00a0<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong><em>Atribuciones Comunes<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 26.<\/strong> Los titulares de las dependencias tienen las siguientes atribuciones comunes:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Acordar con el Presidente Municipal los asuntos relevantes de la dependencia a su cargo y proponer la resoluci\u00f3n de los mismos;<\/li>\n<li>Cumplir con los acuerdos, instrucciones y dem\u00e1s disposiciones emitidas por el Ayuntamiento y el Presidente Municipal;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Proponer al Ayuntamiento las pol\u00edticas y programas relativos a la materia que les corresponda de acuerdo con sus atribuciones, de conformidad con el Plan de Desarrollo Municipal, el Programa de Desarrollo Urbano y de Ordenamiento Ecol\u00f3gico Territorial, el Programa de Gobierno Municipal y los programas derivados de los mismos;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Coordinarse con los dem\u00e1s titulares de las dependencias y entidades, para el cumplimiento de sus respectivas facultades y obligaciones, as\u00ed como para la soluci\u00f3n de los diversos asuntos de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Municipal;<\/li>\n<li>Cumplir con los objetivos, metas y estrategias establecidas en el Plan de Desarrollo Municipal, el Programa de Desarrollo Urbano y de Ordenamiento Ecol\u00f3gico Territorial y el Programa de Gobierno Municipal, as\u00ed como proponer al Presidente Municipal los programas operativos anuales, e informarle sobre el avance y cumplimiento de los mismos;<\/li>\n<li>Elaborar, ejecutar, dirigir, coordinar, supervisar y evaluar los programas, actividades y funcionamiento de las direcciones, coordinaciones y unidades administrativas adscritas a su dependencia, de conformidad con los objetivos, metas y estrategias del Plan de Desarrollo Municipal, del Programa de Desarrollo Urbano y de Ordenamiento Ecol\u00f3gico Territorial, el Programa de Gobierno Municipal y los programas derivados de los mismos;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Coordinar a las entidades que se encuentren sectorizadas a la dependencia a su cargo, con la finalidad de dise\u00f1ar e implementar estrategias y proyectos para el cumplimiento del Plan de Desarrollo Municipal, Programa de Desarrollo Urbano y de Ordenamiento Ecol\u00f3gico Territorial, Programa de Gobierno Municipal y los programas que se deriven;<\/li>\n<li>Proponer al Presidente Municipal ajustes a la normatividad municipal, que incida en las funciones y competencia de su dependencia, procurando atender los principios de competitividad, eficiencia y simplificaci\u00f3n administrativa;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Participar en los consejos, comisiones y comit\u00e9s en los que por disposici\u00f3n legal o reglamentaria deban formar parte;<\/li>\n<li>Participar con la Tesorer\u00eda Municipal en la elaboraci\u00f3n del anteproyecto de presupuesto anual de egresos en los t\u00e9rminos de la normatividad aplicable, conforme a los lineamientos que para tal efecto emita la propia Tesorer\u00eda Municipal;<\/li>\n<li>Ejecutar, controlar, evaluar y rendir cuentas del ejercicio del presupuesto asignado para el desarrollo de los asuntos de su competencia, conforme a las normas y lineamientos en materia del ejercicio y control de los recursos p\u00fablicos;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Proporcionar la informaci\u00f3n que el Ayuntamiento o cualquiera de sus integrantes les soliciten en el ejercicio de sus facultades. El incumplimiento de la obligaci\u00f3n contenida en esta fracci\u00f3n, ser\u00e1 considerado como falta grave en los t\u00e9rminos de la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores P\u00fablicos del Estado de Guanajuato y sus Municipios;<\/li>\n<li>Proporcionar la informaci\u00f3n que la Contralor\u00eda Municipal y cualquier otro \u00f3rgano de control les solicite en el ejercicio de sus facultades y dentro del t\u00e9rmino que les establezca para ello, cumpliendo con diligencia las recomendaciones, observaciones, requerimientos y resoluciones que reciban de los mismos. El incumplimiento de la obligaci\u00f3n contenida en esta fracci\u00f3n, ser\u00e1 considerado como falta grave en los t\u00e9rminos de la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores P\u00fablicos del Estado de Guanajuato y sus Municipios;<\/li>\n<li>Proporcionar la informaci\u00f3n que la Direcci\u00f3n General de Asuntos Jur\u00eddicos les solicite en el ejercicio de sus facultades y dentro del t\u00e9rmino que les establezca para ello. El incumplimiento de la obligaci\u00f3n contenida en esta fracci\u00f3n, ser\u00e1 considerado como falta grave en los t\u00e9rminos de la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores P\u00fablicos del Estado de Guanajuato y sus Municipios;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Proporcionar en tiempo y forma, la informaci\u00f3n solicitada por conducto de la Unidad de Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Proponer al Ayuntamiento la concesi\u00f3n de un servicio p\u00fablico a cargo de su dependencia por la imposibilidad de prestar por s\u00ed mismo el servicio o por la conveniencia de que lo preste un tercero;<\/li>\n<li>Dar seguimiento a las concesiones administrativas de su competencia otorgadas por el Ayuntamiento con relaci\u00f3n a los servicios y bienes de dominio p\u00fablico, supervisando el cumplimiento de las condiciones establecidas en el t\u00edtulo de concesi\u00f3n respectivo;<\/li>\n<li>Operar el sistema de registro, control y estad\u00edstica de los asuntos de su competencia y de las \u00e1reas de su adscripci\u00f3n;<\/li>\n<li>Participar en el proceso de programaci\u00f3n de su dependencia y de las \u00e1reas de su adscripci\u00f3n, conforme a los lineamientos que emita la Direcci\u00f3n General de Programaci\u00f3n y Desarrollo Gubernamental;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones, as\u00ed como los que les sean delegados o les correspondan por suplencia;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Solicitar a la Direcci\u00f3n General de Asuntos Jur\u00eddicos la asesor\u00eda legal necesaria para el tr\u00e1mite de cualquier asunto de su competencia de car\u00e1cter jur\u00eddico;<\/li>\n<li>Gestionar la celebraci\u00f3n de convenios, contratos y dem\u00e1s instrumentos jur\u00eddicos con el gobierno federal, estatal, municipal y organismos no gubernamentales, que contribuyan al cumplimiento de sus facultades, con autorizaci\u00f3n del Presidente Municipal;<\/li>\n<li>Gestionar en coordinaci\u00f3n con el Presidente Municipal y la Tesorer\u00eda Municipal, la obtenci\u00f3n de recursos para el cumplimiento e impulso de los proyectos y programas municipales de su competencia;<\/li>\n<li>Intervenir en la selecci\u00f3n, ingreso, promoci\u00f3n y remoci\u00f3n del personal de la dependencia a su cargo y en el otorgamiento de las licencias y permisos a que haya lugar;<\/li>\n<li>Rendir informes al Ayuntamiento y al Presidente Municipal de conformidad con la normatividad aplicable;<\/li>\n<li>Supervisar que el personal bajo su direcci\u00f3n, cumpla diligentemente y con la mayor probidad, las funciones y trabajos propios del cargo;<\/li>\n<li>Asumir en caso de ausencia de subordinados las atribuciones que las leyes, reglamentos, el presente ordenamiento, el Ayuntamiento, el Presidente Municipal en uso de sus atribuciones y otras disposiciones legales aplicables le confieran a las \u00e1reas de su adscripci\u00f3n, exceptuando las que se refieren al titular de la Unidad de Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica;<\/li>\n<li>Presentar al Presidente Municipal proyectos, acciones y sugerencias para el mejor desempe\u00f1o de sus funciones;<\/li>\n<li>Vigilar y garantizar que los servidores p\u00fablicos adscritos a su dependencia, cumplan con las leyes, reglamentos y acuerdos aplicables;<\/li>\n<li>Actualizar, dar seguimiento y validar la informaci\u00f3n de cada uno los procesos que integran en los sistemas del municipio, que sean de su competencia;<\/li>\n<li>Designar al personal encargado para suplir de forma temporal a los servidores p\u00fablicos adscritos a su dependencia, emitiendo el documento en donde se haga constar la designaci\u00f3n para los efectos correspondientes en atenci\u00f3n a las atribuciones, funciones y necesidades; y,<\/li>\n<li>Las dem\u00e1s que se\u00f1alen la Ley Org\u00e1nica Municipal, los reglamentos municipales, el Ayuntamiento, el Presidente Municipal y que impl\u00edcitamente se desprendan del presente ordenamiento y otras disposiciones legales aplicables.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong><em>\u00a0<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong>Secci\u00f3n Tercera<\/strong><\/p>\n<p><strong>Atribuciones comunes para los Subsecretarios, Directores Generales que no ostenten el cargo de Titulares de Dependencias<\/strong><\/p>\n<p><em>(Secci\u00f3n reformada, P.O. 21 de Febrero del 2017)<\/em><\/p>\n<p><strong><em>\u00a0<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong><em>Atribuciones Comunes<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 28.<\/strong> Los Subsecretarios y los directores generales, que no ostenten el cargo de titular de una dependencia, tienen las siguientes atribuciones en com\u00fan:<\/p>\n<p><strong><em>(P\u00e1rrafo reformado, P.O. 21 de Febrero del 2017)<\/em><\/strong><\/p>\n<p><strong><em>\u00a0<\/em><\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Coadyuvar y colaborar con la dependencia a la que pertenezcan en el cumplimiento de sus objetivos y dentro del \u00e1mbito de su competencia;<\/li>\n<li>Acordar con su superior jer\u00e1rquico el despacho de los asuntos que le sean encomendados, proponiendo las formas de su resoluci\u00f3n;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Proponer a su superior jer\u00e1rquico la creaci\u00f3n y actualizaci\u00f3n de la normatividad municipal que incida en las funciones de su competencia;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Elaborar el programa operativo anual de la subsecretar\u00eda o direcci\u00f3n general a su cargo, supervisando su correcto y oportuno cumplimiento;<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong><em>(Fracci\u00f3n reformada, P.O. 21 de Febrero del 2017)<\/em><\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Suscribir y proponer los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones, as\u00ed como las que le sean delegadas o le correspondan por suplencia;<\/li>\n<li>Programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar las actividades que tenga encomendadas la subsecretar\u00eda o direcci\u00f3n general a su cargo, en los t\u00e9rminos del Programa de Gobierno Municipal y el programa operativo anual de la dependencia de su adscripci\u00f3n;<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong><em>(Fracci\u00f3n reformada, P.O. 21 de Febrero del 2017)<\/em><\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Operar el sistema de registro, control y estad\u00edstica de los asuntos de su competencia y de las \u00e1reas de su adscripci\u00f3n;<\/li>\n<li>Proporcionar en tiempo y forma la informaci\u00f3n solicitada por conducto de la Unidad de Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica;<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li>Coadyuvar con su superior jer\u00e1rquico, en la elaboraci\u00f3n del anteproyecto del presupuesto anual de egresos, as\u00ed como en la administraci\u00f3n, control y ejecuci\u00f3n del mismo;<\/li>\n<li>Coordinar y verificar que el presupuesto asignado se controle, ejecute y administre atendiendo a las normas y lineamientos en materia de ejercicio y control del gasto p\u00fablico y los que le sean se\u00f1alados por la Tesorer\u00eda Municipal;<\/li>\n<li>Participar en los consejos, comisiones y comit\u00e9s en los que de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias deba formar parte o le asigne su superior jer\u00e1rquico;<\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li>Proporcionar la informaci\u00f3n, datos, proyectos y documentos relacionados con sus funciones, que le sean solicitados por las dependencias y las autoridades correspondientes, previa solicitud por escrito, a efecto de coadyuvar en el cumplimiento de sus funciones y observando para ello las disposiciones legales correspondientes;<\/li>\n<li>Ejecutar las atribuciones que los reglamentos y el presente ordenamiento les confieran a las unidades administrativas adscritas a su subsecretar\u00eda o direcci\u00f3n general; y,<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong><em>(Fracci\u00f3n reformada, P.O. 21 de Febrero del 2017)<\/em><\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Las dem\u00e1s que les se\u00f1ale el presente ordenamiento y otras disposiciones jur\u00eddicas vigentes<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<table border=\"0\" width=\"121\" cellspacing=\"0\" cellpadding=\"0\">\n<colgroup>\n<col width=\"121\" \/><\/colgroup>\n<tbody>\n<tr>\n<td class=\"xl65\" width=\"121\" height=\"20\">\n<p style=\"text-align: center;\"><span style=\"color: #0000ff;\">Descarga el Reglamento<\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p><a href=\"https:\/\/www.irapuato.gob.mx\/transparencia\/files\/proy_reg\/001reg_org_ira.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\"><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" class=\"wp-image-435 aligncenter\" src=\"https:\/\/www.irapuato.gob.mx\/transparencia\/wp-content\/uploads\/2016\/09\/pdf-icon.png\" alt=\"\" width=\"68\" height=\"68\" srcset=\"https:\/\/www.irapuato.gob.mx\/transparencia\/wp-content\/uploads\/2016\/09\/pdf-icon.png 256w, https:\/\/www.irapuato.gob.mx\/transparencia\/wp-content\/uploads\/2016\/09\/pdf-icon-150x150.png 150w\" sizes=\"(max-width: 68px) 100vw, 68px\" \/><\/a><\/p>\n<div class=\"pvc_clear\"><\/div>\n<p class=\"pvc_stats all \" data-element-id=\"954\" style=\"\"><i class=\"pvc-stats-icon medium\" aria-hidden=\"true\"><svg aria-hidden=\"true\" focusable=\"false\" data-prefix=\"far\" data-icon=\"chart-bar\" role=\"img\" xmlns=\"http:\/\/www.w3.org\/2000\/svg\" viewBox=\"0 0 512 512\" class=\"svg-inline--fa fa-chart-bar fa-w-16 fa-2x\"><path fill=\"currentColor\" d=\"M396.8 352h22.4c6.4 0 12.8-6.4 12.8-12.8V108.8c0-6.4-6.4-12.8-12.8-12.8h-22.4c-6.4 0-12.8 6.4-12.8 12.8v230.4c0 6.4 6.4 12.8 12.8 12.8zm-192 0h22.4c6.4 0 12.8-6.4 12.8-12.8V140.8c0-6.4-6.4-12.8-12.8-12.8h-22.4c-6.4 0-12.8 6.4-12.8 12.8v198.4c0 6.4 6.4 12.8 12.8 12.8zm96 0h22.4c6.4 0 12.8-6.4 12.8-12.8V204.8c0-6.4-6.4-12.8-12.8-12.8h-22.4c-6.4 0-12.8 6.4-12.8 12.8v134.4c0 6.4 6.4 12.8 12.8 12.8zM496 400H48V80c0-8.84-7.16-16-16-16H16C7.16 64 0 71.16 0 80v336c0 17.67 14.33 32 32 32h464c8.84 0 16-7.16 16-16v-16c0-8.84-7.16-16-16-16zm-387.2-48h22.4c6.4 0 12.8-6.4 12.8-12.8v-70.4c0-6.4-6.4-12.8-12.8-12.8h-22.4c-6.4 0-12.8 6.4-12.8 12.8v70.4c0 6.4 6.4 12.8 12.8 12.8z\" class=\"\"><\/path><\/svg><\/i> &nbsp;17,272&nbsp;total views, &nbsp;1&nbsp;views today<\/p>\n<div class=\"pvc_clear\"><\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Descarga aqu\u00ed&#8230; EL CIUDADANO ARQ. JOS\u00c9 RICARDO ORTIZ GUTI\u00c9RREZ, PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE IRAPUATO, GUANAJUATO, A LOS HABITANTES DEL MISMO, HAGO SABER: QUE&#8230;<\/p>\n<div class=\"pvc_clear\"><\/div>\n<p class=\"pvc_stats all \" data-element-id=\"954\" style=\"\"><i class=\"pvc-stats-icon medium\" aria-hidden=\"true\"><svg aria-hidden=\"true\" focusable=\"false\" data-prefix=\"far\" data-icon=\"chart-bar\" role=\"img\" xmlns=\"http:\/\/www.w3.org\/2000\/svg\" viewBox=\"0 0 512 512\" class=\"svg-inline--fa fa-chart-bar fa-w-16 fa-2x\"><path fill=\"currentColor\" d=\"M396.8 352h22.4c6.4 0 12.8-6.4 12.8-12.8V108.8c0-6.4-6.4-12.8-12.8-12.8h-22.4c-6.4 0-12.8 6.4-12.8 12.8v230.4c0 6.4 6.4 12.8 12.8 12.8zm-192 0h22.4c6.4 0 12.8-6.4 12.8-12.8V140.8c0-6.4-6.4-12.8-12.8-12.8h-22.4c-6.4 0-12.8 6.4-12.8 12.8v198.4c0 6.4 6.4 12.8 12.8 12.8zm96 0h22.4c6.4 0 12.8-6.4 12.8-12.8V204.8c0-6.4-6.4-12.8-12.8-12.8h-22.4c-6.4 0-12.8 6.4-12.8 12.8v134.4c0 6.4 6.4 12.8 12.8 12.8zM496 400H48V80c0-8.84-7.16-16-16-16H16C7.16 64 0 71.16 0 80v336c0 17.67 14.33 32 32 32h464c8.84 0 16-7.16 16-16v-16c0-8.84-7.16-16-16-16zm-387.2-48h22.4c6.4 0 12.8-6.4 12.8-12.8v-70.4c0-6.4-6.4-12.8-12.8-12.8h-22.4c-6.4 0-12.8 6.4-12.8 12.8v70.4c0 6.4 6.4 12.8 12.8 12.8z\" class=\"\"><\/path><\/svg><\/i> &nbsp;17,272&nbsp;total views, &nbsp;1&nbsp;views today<\/p>\n<div class=\"pvc_clear\"><\/div>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[5],"tags":[76],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.irapuato.gob.mx\/transparencia\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/954"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.irapuato.gob.mx\/transparencia\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.irapuato.gob.mx\/transparencia\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.irapuato.gob.mx\/transparencia\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.irapuato.gob.mx\/transparencia\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=954"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.irapuato.gob.mx\/transparencia\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/954\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.irapuato.gob.mx\/transparencia\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=954"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.irapuato.gob.mx\/transparencia\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=954"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.irapuato.gob.mx\/transparencia\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=954"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}